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Nacionalidad Española

Nacionalidad española
Obtener la Nacionalidad Española es uno de los trámites que más puede interesar a un extranjero que reside en España.

Hay varías formas de obtener la Nacionalidad Española: por nacimiento en territorio español, por ser hijo de padre español o por residencia.

La obtención de nacionalidad por residencia es la más común.

Como norma general, es necesario haber residido de forma legal y continuada en España durante 10 años antes de solicitar la nacionalidad, sin embargo hay muchos residentes extranjeros que califican para poder pedir la nacionalidad mucho antes:

Podrán pedir la nacionalidad a los 2 años de residencia legal y continuada todos los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, y Portugal.

Recordamos que los países latinoamericanos son:
  • Argentina
  • Bolivia
  • Brasil
  • Chile
  • Colombia
  • Costa Rica
  • Cuba
  • Ecuador
  • El Salvador
  • Guatemala
  • Honduras
  • México
  • Nicaragua
  • Panamá
  • Paraguay
  • Perú
  • Puerto Rico
  • República Dominicana
  • Uruguay
  • Venezuela
Es importante saber que los latinoamericanos no perderán su nacionalidad al solicitar la nacionalidad española, sino que ostentarán doble nacionalidad.

Y en tiempo de residencia para pedir la nacionalidad será reducido a tan sólo un año para:
  • Los nacidos en España que no hubieran podido obtener la nacionalidad por opción al nacer.
  • Los cónyuges de españoles, siempre que no estuvieran separados legalmente o de hecho.
  • El viudo o viuda de español, si al momento de producirse el fallecimiento no se encontraban separados de hecho o judicialmente.
  • Nacido en el extranjero, hijo de padre o madre, abuelo o abuela que hubiesen sido originariamente españoles.
  • El que haya estado sujeto legalmente a tutela, guarda o acogimiento de una persona o institución española durante dos años consecutivos.
La obtención de la nacionalidad española por nacer en territorio español:

Si vuestro hijo ha nacido en España, podrá obtener la nacionalidad por opción dependiendo de que nacionalidad seáis vosotros (los padres).

MUY IMPORTANTE!!, esta opción será valida para aquellos nacidos en España que no hayan sido inscritos en el consulado del país de donde son los padres.

Podrán optar a la nacionalidad cuando los padres sean de:
  • Argentina
  • Brasil
  • Bolivia
  • Cabo Verde
  • Colombia
  • Cuba
  • Ecuador
  • Paraguay
  • Perú
  • Portugal
  • Uruguay
  • Venezuela (para el caso en que sólo uno de los padres sea venezolano)
IMPORTANTE: Esta no es una lista completa, si su nacionalidad no está en la lista llámenos y le confirmaremos si su hijo puede ser español al nacer.

Son muchas las ventajas de obtener la nacionalidad española, especialmente en esta época de crisis en la que el riesgo de quedarse sin trabajo es alto y la falta de medios económicos nos impediría renovar la residencia. Sin embargo, una vez obtenida la nacionalidad, el hecho de estar en paro nunca modificaría nuestro estatus, por lo que os recomiendo nos llaméis cuanto antes para tramitarla. No es la primera vez que nos encontramos con casos que el extranjero calificaba para obtener la nacionalidad española, pero ha dejado pasar el tiempo y su situación a cambiado, siéndole imposible obtenerla una vez que se decidió por solicitarla.

Si no está muy convencido porque ha oído que obtener la nacionalidad tarda años, llámenos! Con las últimas reformas efectuadas se obtiene la nacionalidad en menos de un año!!
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